El objeto de esta actuación es la contratación, en centros del ámbito del SNS, de doctores recién titulados en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud, para perfeccionar su formación
Con estos contratos se pretende
- Incentivar la participación del personal investigador en el SNS y promover la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- Promover la carrera profesional de los investigadores en ciencias y tecnologías de la salud en los centros del ámbito del SNS.
- Reforzar la capacidad de los grupos de investigación a los que se incorporen los contratados.
Limitaciones en el número de solicitudes y concesiones:
- Diez solicitudes y cinco concesiones, en el caso de los IIS acreditados.
- Cinco solicitudes y dos concesiones, cuando se trate de centros clínico-asistenciales
NOVEDAD: Los contratos de trabajo tendrán una dotación de 30.000 euros para cada una de las dos primeras anualidades y 35.000 euros para la tercera anualidad en concepto de retribución bruta salarial, distribuidos en 12 o 14 pagas, que el ISCIII financiará en su totalidad. Las cuotas empresariales a la Seguridad Social y resto de gastos de contratación correrán a cargo de la entidad beneficiaria.
Pueden ser beneficiarios de las ayudas las siguientes entidades e instituciones, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en biomedicina o en ciencias y tecnologías de la salud y cuenten con actividad clínico asistencial:
- Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial.
- Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: Hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
- Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
Requisitos del IP: Los grupos de investigación receptores deberán ser diferentes y pertenecer a un centro distinto al del grupo con el que los candidatos realizaron su tesis doctoral, salvo que el candidato haya realizado una estancia postdoctoral en el extranjero con una duración de, al menos, un año. En el caso de los IIS los grupos receptores no podrán pertenecer al mismo IIS que los grupos donde la persona candidata realizó su Tesis Doctoral.
Los grupos deben estar dirigidos por un investigador con el título de doctor vinculado estatutaria, funcionarial o laboralmente al centro donde se realice la actividad investigadora o con el centro que gestione la actividad de investigación en los centros del ámbito del SNS.
NO podrán concurrir como jefes de grupo en esta convocatoria quienes se encuentren dirigiendo la actividad de investigadores Sara Borrell con contrato concedido y en activo correspondientes a las convocatorias 2019 y 2020 de la AES
Requisitos de los candidatos:
- Haber obtenido el doctorado, entendiéndose como tal la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral, en fecha posterior al 1 de enero de 2017. En la contabilización de dicho plazo, se excluirán las interrupciones debidas a motivos como maternidad o enfermedad grave, siempre que estén comprendidos entre el 1 de enero de 2017 y la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes.
- No estar disfrutando de un contrato Sara Borrell en el momento de la solicitud, ni haberlo completado con anterioridad.
Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión
- Currículum Vitae Abreviado (CVA) en castellano, generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA, del candidato. Una vez cumplimentado, se adjuntará a la solicitud a través de la aplicación informática.
- Memoria de la propuesta en castellano o inglés, empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la AES 2021
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.
- Título de doctor o certificado de estudios en el que conste la calificación obtenida en la tesis doctoral y la fecha en que se obtuvo el título de doctor.
- En el caso de haber realizado un programa de FSE en el extranjero, título de FSE homologado o reconocido por el organismo competente. Para aquellos solicitantes que hayan señalado haber realizado un programa de FSE en España, el órgano instructor solicitará al Registro Nacional de Especialistas en Formación del MSSSI la confirmación de este dato.
- Acreditación documental de los supuestos de interrupción, si aplica.
- Acreditación documental de estancia en el extranjero, si aplica.
Criterios de evaluación:
Valoración de los méritos curriculares del candidato, máximo 50 puntos.
- Publicaciones correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el final de plazo de presentación de solicitudes, indexadas en el Journal Citation Report 2019 facilitado a través de la aplicación de solicitudes. Serán puntuables un máximo de diez publicaciones seleccionadas por el candidato, debiéndose indicar aquellas en las que figure como autor principal y/o de correspondencia para su especial valoración: hasta 40 puntos.
- Otros méritos (movilidad, FSE, programa completo Río Hortega…): hasta 10 puntos
Valoración del proyecto en relación a los objetivos, máximo 15 puntos.
- Calidad científico-técnica: hasta 5 puntos.
- Transferibilidad de resultados a la resolución de problemas de salud: hasta 10 puntos.
Valoración del grupo de investigación receptor del candidato, máximo 35 puntos.
- Valoración de las publicaciones contenidas en el CV del jefe de grupo, indexadas en el Journal Citation Report 2019 facilitado a través de la aplicación de solicitudes. Serán puntuables un máximo de diez publicaciones seleccionadas por el jefe de grupo entre aquellas publicadas en revistas de primer y segundo cuartil, debiéndose indicar aquellas en las que figure como autor senior y/o de correspondencia para su especial valoración: hasta 25 puntos.
- Proyectos de investigación financiados en los que interviene el grupo: hasta 10 puntos.
Cuando la puntuación obtenida en los apartados dos segundos apartados sea inferior al cincuenta por ciento de la máxima posible en cada uno la solicitud será desestimada.