Subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud 2026

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02/06/2026
Subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud 2026
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02/07/2026
Departamento de Salud del Gobierno de Navarra
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02/06/2026
Añadir al calendario 2026-06-02 02:00:00 2026-07-02 02:00:00 Subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud 2026   La convocatoria de subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud  tiene como objetivo promover la realización de proyectos de investigación en ciencias de la salud durante tres años a partir de la fecha de concesión de la subvención con la finalidad de contribuir a la mejora de la salud de la población. Los proyectos de investigación podrán desarrollarse en el campo de la investigación clínica, de la salud pública y de los servicios sanitarios y sociosanitarios, así como estar orientados a la mejora de la salud o de los procesos y a las tecnologías de investigación biomédica. Se han establecido cuatro modalidades: Modalidad A: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras pertenecientes a centros sanitarios de la red de utilización pública, a las universidades radicadas en Navarra o a otras instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que se encuentren ubicadas en Navarra. Modalidad B: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo (Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea e Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra), y con al menos un 50% del personal del equipo de investigación perteneciente al Departamento de Salud o los organismos autónomos citados. Modalidad C: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por personal de enfermería, trabajo social o fisioterapia y con, al menos, un 50% del personal del equipo investigador perteneciente al Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo. Modalidad D: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por personal de los Equipos de Atención Primaria de Navarra, y con una composición de, al menos, un 50% de personal del equipo investigador perteneciente a los Equipos de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Los proyectos en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo podrán presentarse a las modalidades A y B al mismo tiempo. Los proyectos que se presenten a las modalidades C o D solo se podrán presentar a una de las dos modalidades.   Location Navarrabiomed info@navarrabiomed Europe/Madrid public

 

La convocatoria de subvenciones para la promoción de proyectos de investigación por el Departamento de Salud  tiene como objetivo promover la realización de proyectos de investigación en ciencias de la salud durante tres años a partir de la fecha de concesión de la subvención con la finalidad de contribuir a la mejora de la salud de la población. Los proyectos de investigación podrán desarrollarse en el campo de la investigación clínica, de la salud pública y de los servicios sanitarios y sociosanitarios, así como estar orientados a la mejora de la salud o de los procesos y a las tecnologías de investigación biomédica.

Se han establecido cuatro modalidades:

  • Modalidad A: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras pertenecientes a centros sanitarios de la red de utilización pública, a las universidades radicadas en Navarra o a otras instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que se encuentren ubicadas en Navarra.
  • Modalidad B: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo (Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea e Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra), y con al menos un 50% del personal del equipo de investigación perteneciente al Departamento de Salud o los organismos autónomos citados.
  • Modalidad C: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por personal de enfermería, trabajo social o fisioterapia y con, al menos, un 50% del personal del equipo investigador perteneciente al Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo.
  • Modalidad D: para proyectos de investigación en ciencias de la salud liderados por personal de los Equipos de Atención Primaria de Navarra, y con una composición de, al menos, un 50% de personal del equipo investigador perteneciente a los Equipos de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Los proyectos en ciencias de la salud liderados por investigadores o investigadoras del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo podrán presentarse a las modalidades A y B al mismo tiempo.

Los proyectos que se presenten a las modalidades C o D solo se podrán presentar a una de las dos modalidades.
 

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:

a) Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D+i, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia en el campo de la biomedicina o ciencias o tecnologías de la salud.

b) Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

REQUISITOS DEL PROYECTO:

  1.  No haber conseguido financiación o ayuda para el mismo fin en otra convocatoria. .
  2.  Tener una duración de tres años, no siendo admisibles periodos inferiores
  3.  Designar un único investigador o investigadora principal, que será responsable de la ejecución científico-técnica del proyecto.
  4.  No haber sido iniciado el proyecto objeto de la convocatoria con anterioridad a la fecha de publicación de esta resolución.

REQUISITOS DEL EQUIPO INVESTIGADOR.
El equipo de investigación estará formado por un investigador/a principal y por un máximo de 9 investigadores/as colaboradores/as.

El investigador o investigadora principal cumplirá los siguientes requisitos:

  1. No figurar, en la fecha de la publicación de la convocatoria, en ningún proyecto activo financiado por el Departamento de Salud ni como investigador o investigadora principal ni como colaborador/a, entendiéndose que los proyectos dejan de estar activos a estos efectos cuando se haya realizado la entrega de las memorias finales del proyecto.
  2. Solicitar un único proyecto a esta convocatoria, si bien el mismo proyecto podrá presentarse a las modalidades A y B si el investigador/a principal y al menos un 50% del personal del equipo de investigación pertenecen del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo.
  3. Estar adscrito a uno de los siguientes centros:
    1. a)   Para la Modalidad A: Estar adscrito/a a centros sanitarios de la red de utilización pública de Navarra, a las universidades radicadas en Navarra o a otras instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que se encuentren ubicadas en Navarra.
    2. b)   Para la Modalidad B: Estar adscrito/a al Departamento de Salud o a alguno de los organismos autónomos adscritos al mismo (Servicio Navarro de Salud– Osasunbidea o Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra).
    3. c)   Para la Modalidad C: Estar adscrito/a al Departamento de Salud o a alguno de los organismos autónomos adscritos al mismo como personal de enfermería, trabajo social o fisioterapia.
    4. d)   Para la Modalidad D: Estar adscrito/a a uno de los Equipos/Centros de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
  4. Mantener una vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con los centros públicos o privados mencionados en el punto anterior durante al menos el periodo comprendido entre el momento de fin del plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria y el de la Resolución de concesión.
  5. No estar realizando un programa de formación sanitaria especializada en el mismo periodo señalado en el apartado 4).
     

 Los investigadores/as colaboradores/as cumplirán los siguientes requisitos:

  1. No figurar, en la fecha de la publicación de la convocatoria, en el equipo de ningún proyecto activo financiado por el Departamento de Salud.
  2. Participar únicamente en la solicitud de un proyecto de esta convocatoria, si bien el mismo proyecto podrá presentarse a las modalidades A y B si el investigador o investigadora principal y al menos un 50% del personal del equipo de investigación pertenecen del Departamento de Salud o de los organismos autónomos adscritos al mismo.

Las entidades solicitantes presentarán las solicitudes acompañadas de los siguientes documentos: 

  • Documento 1. Solicitud firmada por el/la directora/a Gerente de la entidad solicitante y el investigador o investigadora principal.
  • Documento 2. Acuerdo de colaboración suscrito por el/la directora/a Gerente del centro donde se desarrollará la investigación y por el investigador/a principal y cada uno de los miembros del equipo de investigación, en el que el equipo y el/a investigador/a principal manifiesten su conformidad para que su proyecto se desarrolle dentro de la entidad.
  • Documento 3. Memoria del proyecto de investigación.
  • Documento 4. Currículum vitae de cada uno de los miembros del equipo investigador señalando los aspectos de mayor interés para el proyecto siguiendo los criterios DORA, según se recoge en el Anexo III..
  • Documento 5. Informe favorable del CEIm. En el momento de presentación del proyecto será suficiente la presentación del acuse de recibo o registro de entrada en el Comité.
  • Documento 6. Declaración de la entidad beneficiaria y del investigador o investigadora principal de no haber obtenido ingresos económicos o ayudas para el mismo fin. En caso de estar pendiente de resolución de otras ayudas para el mismo fin, compromiso de comunicar la resolución de concesión al órgano instructor y de renunciar a la ayuda si procede.
  • Documento 7. Declaración responsable, otorgada por quien represente a la entidad, haciendo constar que ni esta ni sus administradores/as y/o representantes tienen la prohibición para obtener la condición de “beneficiario de subvenciones”.
  • Documento 8. Declaración de la entidad solicitante en el que preste su consentimiento para que el Departamento de Salud pueda recabar de la Hacienda Pública de Navarra y de la Administración General del Estado la información relativa a la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de reintegro y con la Seguridad Social.
     
3 años
Máximo 80.000€ por proyecto