PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD 2020: Financiación para proyectos de calidad contrastada que tengan como objetivos la transferencia y aplicación del conocimiento científico-técnico a la mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud. Podrán presentarse proyectos individuales, coordinados o multicéntricos.
Presentación de solicitudes: desde el 21 de enero hasta el 13 de febrero de 2020 a las 15:00h.
Plazo presentación Navarrabiomed: 6 de febrero de 2020.
Serán susceptibles de financiación aquellos proyectos, de calidad contrastada, que tengan como objetivos principales:
- La transferencia y aplicación del conocimiento científico-técnico a la mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud.
- Fomentar las sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agregan las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS.
- Promover la financiación del primer proyecto de investigación, de calidad contrastada, de investigadores emergentes. A estos efectos se considerarán emergentes los investigadores nacidos en 1975 o fecha posterior.
Los proyectos podrán presentarse según uno de las siguientes modalidades
- Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables. Cuando se presenten por dos investigadores principales, ambos deben pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante de la ayuda, actuando uno de ellos como interlocutor a todos los efectos.
- Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, para su realización por distintas entidades, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto. Los proyectos coordinados podrán ser convertidos de oficio en proyectos individuales si la coordinación se considerara innecesaria.
- Proyectos multicéntricos: realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. En este tipo de proyectos, se podrá optar por una de las posibilidades siguientes:
- Presentar una única solicitud por el centro al que esté vinculado el investigador principal, que actuará como coordinador, figurando en un mismo equipo todos los investigadores colaboradores, con independencia del centro desde el que participen (Multicéntrico con un centro beneficiario de la ayuda).
- Presentar una solicitud por cada uno de los centros participantes, con un investigador principal y un equipo de investigación por cada solicitud presentada. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable de la coordinación científica y del seguimiento del proyecto (Multicéntrico con varios centros beneficiarios).
Se podrá optar por solicitar financiación para la intensificación del investigador principal mediante la contratación de un sustituto que cubra hasta el 50% de la jornada en cómputo anual durante el segundo y tercer año. Será incompatible con la solicitud de financiación para otro tipo de personal
Requisitos del IP
- Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.
- No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas), ni un Contrato Río Hortega.
- Tener dedicación única al proyecto solicitado dentro de cada modalidad.
Requisitos del equipo investigador
- Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
- La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
- En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.
Régimen de incompatibilidades
El régimen de incompatibilidades, tanto de los investigadores principales como de los restantes miembros del equipo de investigación, vendrá fijado por el número de proyectos en los que participan y su dedicación en los mismos, siendo el siguiente:
- Para todos ellos se entiende por dedicación única la participación en un sólo proyecto de investigación y por dedicación compartida la participación en varios proyectos.
- La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación es incompatible con la presentación de otra solicitud como investigador principal o con la participación como miembro del equipo de investigación en alguna de las siguientes actuaciones, en sus convocatorias 2020:
- Proyectos I+D de la Agencia Estatal de Investigación
- Proyectos I+D+I de la Agencia Estatal de Investigación
- Acción Estratégica en Salud. Modalidad A: Proyectos de investigación en Salud del Instituto de Salud Carlos III.
- La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación será incompatible, además, con la participación como investigador principal o como miembro del equipo de investigación en un proyecto concedido en alguna de las siguientes convocatorias si tiene una fecha de finalización posterior al 31 de diciembre de 2020, de acuerdo con el plazo inicial fijado en la resolución de concesión:
- Proyectos I+D de la Agencia Estatal de Investigación 2017, 2018 y 2019.
- Proyectos I+D+I de la Agencia Estatal de Investigación 2017, 2018 y 2019
- Acción Estratégica en Salud. Modalidad A: Proyectos de investigación en Salud del Instituto de Salud Carlos III 2018 y 2019
No habrá incompatibilidades con proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias del VII Programa Marco de I+D+I, del Programa Europeo de I+D+I, Horizonte 2020 o de Proyectos de Programación Conjunta Internacional del Espacio Europeo de Investigación (salvo lo dispuesto en sus convocatorias correspondientes), de los Planes Regionales de I+D+I las comunidades autónomas, o de cualesquiera otras convocatorias no señaladas anteriormente.
No habrá incompatibilidades con los proyectos de investigación asociados a los Contratos Miguel Servet tipo I de las convocatorias 2017, 2018 y 2019 de la AES.
Documentación requerida, no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión.
- Formulario normalizado de solicitud.
- Memoria del proyecto de investigación en castellano empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la AES 2020.
- Currículum Vitae Abreviado (CVA), generado de forma automática desde el editor CVN, de los investigadores principales.
En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- CVA de la FECYT del resto de los miembros del equipo de investigación.
- Documentación de Interés Empresarial (DIE) que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, si las hay.
- En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.
- En el caso de centros privados de I+D, acreditación del tipo de vinculación existente entre el mismo y el investigador responsable, así como su duración.