La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de I+D (investigación industrial y desarrollo experimental) que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la sociedad.
Los proyectos se considerarán estratégicos para Navarra por estar alineados con la S4 (Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra) y “Horizonte Europa” (el programa marco de investigación e innovación de la Unión Europea para el período 2021 -2027).
En la presente convocatoria se han elegido los siguientes retos en que se encuadrarán los proyectos a subvencionar (en la ficha de las ayudas se recoge la descripción de cada reto):
- Reto 1: Movilidad sostenible y conectada (VOLTA VIII).
- Reto 2: Industria de la energía verde (AERO VIII).
- Reto 3: Medicina personalizada y terapias avanzadas (GEMA VIII).
- Reto 4: Alimentación saludable y sostenible (ALPES VII).
- Reto 5: Innovación digital en sectores S4 (IRIS VI).
- Reto 6: Ideas disruptivas emergentes aplicadas (IDEA VI).
- Reto 7: Soluciones innovadoras en biotecnología (SIBERIA VI).
- Reto 8: Economía circular (ZIRKULAR II).
Para obtener la condición de beneficiaria la entidad solicitante de la ayuda deberá reunir los siguientes requisitos:
- Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo el proyecto subvencionado.
- No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005. Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitante autoriza a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.
- No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
- Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía)
- Si se trata de una empresa, deberá estar inscrita en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
- Si se trata de un agente del SINAI que realiza actividades económicas y no económicas, deberá disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.
Los proyectos estratégicos deberán cumplir las siguientes condiciones:
- El presupuesto mínimo del proyecto será de 1.000.000 euros.
- El proyecto implicará la colaboración efectiva entre las partes, según se define ésta en el apartado 90) del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014.
- Los organismos de investigación asumirán como mínimo el 20% de los costes subvencionables y tendrán derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
- Las actividades desarrolladas por los organismos de investigación serán actividades no económicas en la forma establecida en la sección 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2014/C 198/01).
- El consorcio estará compuesto por un mínimo de tres entidades independientes entre sí, siendo necesaria la participación de dos o más empresas y que, al menos, una de ellas sea pyme.
- Cuando concurran empresas y agentes del SINAI como participantes del consorcio, la participación empresarial será superior al 60% de los costes subvencionables del proyecto. En el caso de los proyectos del reto 3 (GEMA) no será exigible este requisito.
- La coordinación y el liderazgo lo ejercerá una de las empresas participantes en el proyecto. En el caso de los proyectos del reto 3 GEMA) no será exigible este requisito.
- En el caso de los proyectos del reto 3 (GEMA), será obligatoria la participación de, al menos, un Hospital o Clínica de Navarra.
La documentación a presentar, ajustada a los modelos disponibles en la ficha de las ayudas, será la siguiente:
- Instancia telemática que incluirá la declaración responsable.
- Formulario con los datos de la solicitante y del proyecto, incluyendo el presupuesto de gasto.
- Formulario con la dedicación del personal a todos los proyectos de I+D+i que desarrolle la solicitante, incluyendo la destinada al proyecto para el que se solicita la ayuda.
- En el caso de las PYME: las cuentas anuales cerradas, firmadas y depositadas en el Registro Mercantil (auditadas, cuando sea obligatorio) de los tres últimos ejercicios cerrados, así como el número de trabajadores y trabajadoras, tanto de la solicitante como de sus empresas asociadas y vinculadas.
- Opcionalmente se podrá presentar con la solicitud de la ayuda la documentación acreditativa de estar al corriente en los pagos a proveedores.
La líder del consorcio, además, deberá presentar:
- Memoria técnica descriptiva del proyecto.
- Plan de divulgación y promoción del proyecto.
- Acuerdo de colaboración o documento de compromisos firmado por las participantes en el proyecto.
- Memoria valorativa de la continuidad, relación o conexión con proyectos europeos en Horizonte Europa.
- En el caso de los organismos de investigación que participen en el Reto 3 (GEMA, Medicina Personalizada y Terapias Avanzadas), informe emitido por el Comité de Ética de la Investigación del centro al que pertenezca el investigador o investigadora principal. En el caso de que no exista Comité de Ética de la Investigación en el centro, la evaluación la realizará el Comité Ético de Investigación con Medicamentos de la Comunidad Foral de Navarra. En el momento de la solicitud de la ayuda se adjuntará copia de la solicitud de informe al Comité, debiéndose presentar la autorización junto con el primer informe intermedio indicado en la base